Elaboración y Aprobación de los Presupuestos Generales del Estado

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Elaboración: pasos del proyecto de ley

Primer semestre: el Ministerio de Hacienda (MH) fija los objetivos de estabilidad y deuda para 3 años. La propuesta se acompaña de un informe del ministro de Economía con el cuadro económico plurianual y la situación económica de los 3 años.

Antes del 1 de abril: el MH remite la propuesta e informe al Consejo de Política Fiscal y Financiera de las Comunidades Autónomas y a la Comisión Nacional de la Administración Local. Estos disponen de 15 días para elaborar sus informes.

El acuerdo del Consejo de Ministros y el informe se remiten a las Cortes, que lo debaten en el pleno del Congreso de los Diputados. Si lo rechazan, el MH tiene un mes para presentar una nueva propuesta. Si lo aprueban, el Gobierno remite el proyecto de ley al Congreso antes del 1 de octubre.

Fases de elaboración

Paso previo: el Ministerio de Economía y Hacienda (MEH) dicta una orden ministerial detallando los órganos participantes.

1. Preparación y proposición de anteproyectos parciales del PGE

Los centros gestores elaboran propuestas de ingresos y gastos, complementadas con informes, con la ayuda de cuatro comisiones:

  • Comisiones de políticas de gasto: establecen las prioridades de gasto con el objetivo de estabilidad.
  • Comisión de análisis de programas: analiza cada programa de gasto, prevé su coste, adecúa la dotación de cada programa y analiza su impacto en igualdad de género.
  • Comisiones presupuestarias: coordinan el contenido de los programas del anteproyecto y, cuando intervienen varios centros, eligen cuál es el responsable de cada programa.
  • Comisión de ingresos: coordina las previsiones de ingresos del anteproyecto.

2. Formación del anteproyecto de ley de los PGE

El MEH elabora el anteproyecto de forma centralizada y lo remite al Gobierno. Paralelamente, el Ministerio de Trabajo remite el anteproyecto de la Seguridad Social, dividido en los anteproyectos del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, del IMSERSO y de las entidades gestoras. Todos ellos se agregan en el Gobierno y se presenta un único documento a las Cortes.

3. Aprobación por el Gobierno

La Dirección General de Presupuestos elabora los estados numéricos de ingresos y gastos y los remite al Ejecutivo, que los somete a aprobación en el Consejo de Ministros y los envía a las Cortes antes del 1 de octubre.

Aprobación

Regulada en el artículo 134 de la Constitución Española. Es una competencia atribuida por ley a las Cortes. El poder legislativo cuenta con dos reglamentos: el del Congreso y el del Senado, que regulan de forma prioritaria la aprobación de los PGE.

Fases de aprobación

1. Debate del proyecto de ley de los PGE en el Congreso

Se publica el proyecto de ley en el BOE y se abre un plazo de 15 días para enmiendas. El Congreso debe pronunciarse sobre el volumen y destino de los gastos. Después se discuten las enmiendas. El Senado no interviene en esta fase.

2. Debate en la Comisión de Presupuestos del Congreso

Se debate el proyecto aplicando las restricciones al derecho de enmienda, que limitan la potestad del legislativo. Se regula en el artículo 134.6 de la Constitución: solo se permite el derecho de enmienda cuando no supone aumentos de crédito ni disminución de ingresos. Por ello, si se presenta una enmienda de gasto debe ir acompañada de una previsión de ingresos igual. Para ello, las Cortes deben comunicarlo al Gobierno.

Otras restricciones al derecho de enmienda son:

  • Fondos consolidados.
  • Créditos no limitativos (créditos ampliables, transferencias de crédito o gastos plurianuales).
  • Prórroga de los presupuestos.
  • Gastos posteriores a la aprobación de la ley de presupuestos (gastos aprobados por ley específica, créditos extraordinarios y suplementos con cargo al fondo de contingencia, y créditos extraordinarios y suplementos de organismos autónomos que no requieren la intervención de las Cortes).

3. Debate de la ley en el pleno del Congreso

Se discuten los textos articulados de los proyectos de ley y cada sección de gasto. El Senado no interviene en esta fase.

4. Remisión del proyecto de ley de los PGE del Congreso al Senado

El Senado publica el presupuesto recibido del Congreso y se celebran dos debates: uno previo en la Comisión de Presupuestos del Senado y otro en el pleno del Senado, sobre la totalidad del proyecto. El Senado dispone de dos meses para presentar enmiendas y, tras el debate, elabora un informe de ponencia y decide si aprueba o no el proyecto.

5. Nueva remisión del Senado al Congreso

Solo se produce si el Senado veta el proyecto. La aprobación en el Congreso debe hacerse por mayoría absoluta y, si el Senado opuso enmiendas, por mayoría simple.

6. Sanción por el Rey

Quince días después de la aprobación por las Cortes, el Rey sanciona la Ley de Presupuestos Generales (LPG) y esta se publica. Sin sanción no hay presupuestos.

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